Coste de la potencia y de los excesos de potencia
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Según la potencia que tengas contratada y de las características de la instalación, el coste de la potencia y de los excesos de potencia se definen de diferente manera.
Tarifas 2.0TD: menos de 15 kW de potencia contratada y baja tensión
En el caso de las tarifas 2.0TD periodos y 2.0TD indexada, hay que diferenciar entre si dispones de elementos no interrumpibles en la instalación, o no.
Tal y como explicamos en el siguiente enlace, entendemos por "elementos no interrumpibles" aquellos aparatos eléctricos que el personal técnico que emite el boletín o certificado eléctrico considere que no pueden tener una interrupción del servicio eléctrico, como por ejemplo: ascensores, equipos de ventilación forzada en garajes, viviendas con circunstancias médicas especiales...
Tarifas 2.0TD con elementos no interrumpibles
Si tu punto de suministro dispone de elementos no interrumpibles, puedes solicitar la facturación por maxímetro. En este caso, el suministro no se interrumpirá por mucho que se supere la potencia contratada. Por el contrario, puede haber penalizaciones, tal como explicamos en el siguiente artículo, donde también explicamos el coste de la potencia para este tipo de contratos:
Tarifas 2.0TD sin elementos no interrumpibles
Es el caso más habitual. En el siguiente enlace explicamos cómo se factura el término de potencia en las tarifas 2.0TD.
Hasta 50 kW de potencia contratada
Si dispones de una potencia contratada hasta 50 kW, los excesos de potencia se calculan tal y como explicamos en este artículo: Coste de los excesos de potencia para tarifas hasta 50 kW.
Este coste es independiente de si tu contrato está en baja o alta tensión, es decir, si tienes una tarifa 3.0TD (periodos o indexada) o una de las tarifas de alta tensión 6.1TD, 6.2TD, 6.3TD y 6.4TD (periodos o indexada).
Más de 50 kW de potencia contratada o servicios auxiliares
Si dispones de una potencia contratada superior a 50 kW o servicios auxiliares, los excesos de potencia se calculan tal y como explicamos en este artículo: Coste de los excesos de potencia para tarifas de más de 50 kW y servicios auxiliares.
Del mismo modo que el caso anterior, este coste no depende de si tu contrato está en baja o alta tensión, es decir, si tienes una tarifa 3.0TD (periodos o indexada) o una de las tarifas de alta tensión 6.1TD, 6.2TD, 6.3TD y 6.4TD (periodos o indexada).