¿Cómo legalizar la instalación y pasar el contrato a una modalidad con autoproducción?

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En este artículo detallamos los pasos que debes dar si dispones de un sistema de autoproducción (de menos de 100 kW y en baja tensión) debidamente instalado, en tu casa o en tu bloque de pisos, y quieres pasarte a una modalidad de autoproducción para que se aplique en tu factura.

Pasar a modalidad de autoproducción individual con compensación simplificada

0. Solicitud del código CAU a la distribuidora y el contrato técnico de acceso

Código CAU

Con carácter previo, uno de los primeros trámites a realizar es solicitar el código CAU. Este código se utiliza para registrar la instalación de autoconsumo con o sin compensación de excedentes, y tanto para instalaciones individuales como colectivas. Se trata de una serie de letras y números que sirven para identificarla y saber dónde se ubica. 

Normalmente, el código CAU incluye el código CUPS del suministro, seguido de la letra A y otros tres números. Para saber cuál es el tuyo, debes contactar con la empresa distribuidora eléctrica de tu zona. 

Contrato técnico de acceso

Si tu instalación se encuentra en suelo rústico o bien su potencia de generación  es superior a 15 kW, es muy probable que tenga que firmarse un contrato técnico de acceso (CTA). Si este es tu caso, puedes contactar con tu distribuidora para informarte.

De la misma forma que el código CAU, este trámite también hay que gestionarlo previamente, si es necesario.

1. Registro de autoconsumo autonómico

Hay que presentar, a través de los canales establecidos por cada comunidad autónoma, la documentación solicitada, que puede variar en función de cada región y de la modalidad de autoproducción a la que quieras acogerte. 

Normalmente, la empresa que ha realizado la instalación autoproductora es la encargada de estas gestiones. Es necesario que te asegures de ello en el momento de contratarla.

2. Comunicación en la comercializadora, vía distribuidora.

Una vez registrada la instalación, el organismo autonómico se encarga, en un plazo máximo de diez días hábiles, de comunicarlo a la empresa distribuidora y esta, en cinco días hábiles más, debe informar a la comercializadora con quién tienes el contrato, en este caso Som Energia. 

3. Verificación de los datos registrados sobre la autoproducción

Cuando, en Som Energia, recibamos la notificación por parte de la distribuidora, nos pondremos en contacto contigo por correo electrónico para que confirmes que los datos recibidos son correctos. Cuando recibas el correo, tienes que ir a la Oficina Virtual, al apartado “Contratos” > “Autoconsumo” y seleccionar “Mis trámites de autoconsumo”:

Entonces te aparecerá una pantalla similar a la siguiente:

Y a continuación:

En caso de que los datos sean correctos, deberás marcar la opción "Sí, aceptar el trámite". 

En caso de que sean erróneos, deberás marcar la opción “No, rechazar el trámite”, y deberás dirigirte también al organismo pertinente de tu comunidad autónoma para que los corrija. De esta forma, la distribuidora nos volverá a enviar la información rectificada.

Recuerda que por normativa, si dispones de una instalación fotovoltaica, la potencia instalada es la potencia del inversor y no la potencia de las placas. Te aconsejamos que en caso de duda y antes de rechazar el trámite, consultes con tu empresa instaladora todos los datos para verificarlos. 

4. Solicitud de modificación del contrato de acceso

Si has verificado que los datos son correctos, te aparecerá una pantalla de "Aceptación o rechazo del trámite", para aceptar o rechazar la modificación de tu contrato a la modalidad de autoproducción correspondiente:

Allí podrás confirmar que quieres pasar tu contrato a la modalidad de autoproducción que corresponda. 

Cuando hayamos recibido esta solicitud, desde la cooperativa pediremos a la empresa distribuidora la modificación del contrato de acceso, y te enviaremos, en pocos días, un documento de nuevas condiciones particulares provisional. Cuando la distribuidora dé por buena tu solicitud, te activará la modalidad de autoproducción y entonces te enviaremos las nuevas condiciones particulares con la modalidad de autoproducción registrada y empezaremos a aplicarlo en tu facturación mensual. 

Esta modificación contractual tiene un coste regulado de 9,04 euros + IVA. 

Para instalaciones con autoconsumo individual, si pasados 10 días hábiles no has tramitado la aceptación a través de la Oficina Virtual, la distribuidora puede activar de manera automática la modalidad d’autoconsumo. En ese caso, te enviaremos un correo electrónico para informartede la fecha de la modificación de tu contrato

¿Qué debes hacer si tienes autoconsumo y quieres pasar a Som Energia (ahora estás con otra comercializadora)?

Si has empezado a gestionar la activación de la modalidad de autoproducción de tu contrato estando en otra comercializadora y quieres pasarte a Som Energia, no hay inconveniente en hacerlo. Ahora bien, es importante que en el momento de comunicarte que el contrato ya está activo con la cooperativa, nos avises de que antes ya has comenzado los trámites de autoconsumo. Haciéndolo así, podremos pedir a la distribuidora que nos envíe la información que quizás ya ha enviado a la anterior comercializadora, y podremos completar la activación de la compensación de excedentes con mayor celeridad.

Si ya tienes el autoconsumo activo y, por tanto, ya te aparece así en las facturas, y quieres realizar el cambio de comercializadora hacia Som Energia, te aconsejamos que revises el siguiente artículo: Qué debo tener en cuenta si quiero contratar con Som Energia y tengo autoproducción.

Pasar el contrato a modalidad de autoproducción colectiva

Los pasos a seguir para acoger un contrato o conjunto de contratos a la modalidad de autoconsumo colectivo son en esencia los mismos que los descritos en el punto anterior:

  1. Solicitud del código CAU a la distribuidora.
  2. Registro de autoconsumo autonómico.
  3. Comunicación en la comercializadora, vía distribuidora.
  4. Verificación de los datos registrados sobre la autoproducción.
  5. Solicitud de modificación del contrato de acceso.

Ahora bien, existen especificidades del autoconsumo colectivo, que deben tenerse en cuenta y que son diferentes del autoconsumo individual. Seguidamente, detallamos las diferencias que afectan a los trámites que se deben hacer con nosotros como comercializadora, especialmente lo que tiene relación con el último punto, o sea la modificación del contrato de acceso.

En el caso de las instalaciones colectivas en las que la empresa distribuidora sea E-distribución, antes de pedir la modificación contractual a la modalidad de autoconsumo se debe solicitar a la distribuidora la inspección de instalación eléctrica (IIE). Se puede pedir enviando un correo a inspeccionautoconsumo@enel.com

Documentación a adjuntar en el autoconsumo colectivo

En el momento de solicitar la modificación del contrato de acceso, debes tener en cuenta que también tienes que adjuntarnos el acuerdo de reparto de excedentes, así como el fichero de coeficientes de reparto. 

Realizar un acuerdo de reparto de excedentes es uno de los requerimientos de la autoproducción compartida. Establece el porcentaje de energía generada que corresponde a cada uno de los puntos de uso de energía que participan de la autoproducción colectiva. En este acuerdo, deben constar claramente el código CAU, los coeficientes de reparto para cada CUPS y la firma de todas las personas titulares.

Podrás encontrar un modelo de documento de acuerdo de reparto en el apartado de anexos de la Guía para la autoproducción colectiva en bloques de viviendas.

El archivo de coeficientes de reparto es un archivo informático en formato “.txt ” en el que se detallan los diferentes CUPS y porcentajes de reparto, de forma muy concreta, como explicamos seguidamente. Tal y como se explica en la siguiente orden TED 1247/2021 que regula su formato, existen dos modelos de fichero:

  • Fijo: con coeficientes de reparto constantes a lo largo del año.
  • Variable: con coeficientes de reparto que pueden variar horariamente a lo largo del año. 

Archivo de coeficientes

1. El nombre del archivo será el del código de autoconsumo (CAU), seguido de un guion bajo, el año correspondiente expresado numéricamente y seguido de la extensión “.txt”. Por ejemplo:

ES0031405*********EF0FA000_2022.txt

2. El separador de los campos será el punto y coma “;”

3. El carácter decimal será la coma “,”

4. Los campos y orden en que será necesario configurar los archivos varía si los coeficientes de reparto son fijos o variables. 

     a. En el caso del fijo será:

Campo Información Longitud Tipo Ejemplo
CUPS Código universal de punto de suministro 22 Cadena ES0031405*********EF0F
Coeficiente Coeficiente que será un número 8 Decimal 0,135464

Cada CUPS se indicará en una fila diferente.

     b. Y en el caso de la variable habrá que añadir el campo de la hora:

Campo Información Longitud Tipo Ejemplo
CUPS Código universal de punto de suministro
22 Cadena ES0031405*********EF0F
Hora Hora, que tomará valores enteros desde 1 a 8760 4 Entero 523
Coeficiente Coeficiente que será un número 8 Decimal 0,135464

Cada valor horario, por cada CUPS se indicará en una fila distinta.

5. En todos los casos, en una determinada hora, la suma de coeficientes debe ser 1.

La normativa establece que los coeficientes de reparto se podrán modificar varias veces al año, aunque habrá que mantenerlos con los mismos valores como mínimo 4 meses.

Si ja tenéis autoconsumo compartido y queréis cambiar los porcentajes de reparto

Si formáis parte de un autoconsumo colectivo y queréis cambiar este acuerdo, debéis comunicarlo a modifica@somenergia.coop. En caso de querer cambiarlo, será necesario que nos hagáis llegar un nuevo acuerdo de reparto de excedentes y un nuevo fichero de coeficientes.

Ahora bien, debéis tener en cuenta que hasta que las modificaciones del acuerdo de reparto de todos los CUPS implicados en este autoconsumo colectivo no sean aceptadas, no se aplicará el nuevo acuerdo de reparto. Por tanto, si existe algún CUPS implicado en este autoconsumo colectivo que no ha hecho la solicitud de modificación del acuerdo de reparto o esta solicitud ha sido rechazada, no se aplicará el nuevo acuerdo de reparto al resto de CUPS implicados. 

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