La tarifa 3.0TD periodos

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Las tarifas 3.0TD periodos y 3.0TD indexada son las tarifas de todos los puntos de suministro de baja tensión con más de 15 kW de potencia contratada: pequeñas y medianas empresas, servicios de hostelería, restaurantes, hoteles, panaderías, escuelas, despachos, oficinas, comunidades vecinales, etc.

Para estos casos, existen dos tarifas disponibles para cada zona (Península, Baleares, Canarias):

  • Tarifa 3.0TD periodos
  • Tasa 3.0TD indexada

En este artículo explicamos las características de la tarifa 3.0TD periodos (las de la tarifa 3.0TD indexada se pueden ver en este otro).

Hablamos ahora, pues, de los siguientes puntos, en relación con la tarifa 3.0TD periodos:

Características de la tarifa 3.0TD periodos

Para la tarifa 3.0TD periodos, Som Energia hace previsiones y compra la energía con meses de antelación, a mercados de futuros. Por ello, los precios se pueden fijar con antelación. Si el mercado diario de la energía tiene fluctuaciones, tanto al alza como a la baja, estas no afectan directamente a las personas y entidades usuarias.

Horarios de la tarifa 3.0TD periodos

La tarifa 3.0TD periodos dispone de seis periodos de energía y de potencia llamados P1, P2, P3, P4, P5 y P6, y tienen, cada uno, unos precios concretos de energía y potencia.

A cada zona territorial (Península, islas Baleares e islas Canarias), y según qué mes del año sea, le corresponde un periodo u otro. Para una información más detallada, puedes consultar este artículo: Horarios de las tarifas 3.0TD periodos y las tarifas de alta tensión periodos.

Seis potencias contratadas

Se puede contratar una potencia diferente en cada uno de los seis periodos, que coinciden con los periodos de energía. Ahora bien, es necesario que sigan el criterio de potencias crecientes, es decir, la potencia contratada en un periodo concreto será igual o superior a la del periodo anterior. Esto significa que: P1 ≤ P2 ≤ P3 ≤ P4 ≤ P5 ≤ P6.

Posibilidad de superar la potencia contratada

En ningún caso, utilizar una potencia superior a la contratada supondrá que el suministro quede interrumpido. No obstante, tal y como se explica a continuación, este uso de potencia por encima de la contratada puede suponer un coste económico.

La factura con la tarifa 3.0TD periodos

Facturación de la potencia

El término de potencia se factura en dos conceptos: por un lado, se factura la potencia contratada de cada uno de los seis periodos y, por otro, los excesos de potencia o penalizaciones cuando se supera la potencia contratada de cada uno de los periodos.

Para determinar el coste de estas penalizaciones es necesario tener en cuenta la potencia contratada.

  • Cuando la potencia contratada es hasta los 50 kW (incluido), la penalización por haber superado la potencia contratada es el precio de la potencia excedida multiplicado por el doble de la diferencia entre la potencia utilizada y la potencia contratada. Para más información, puedes consultar este artículo: Coste de los excesos de potencia para tarifas de hasta 50 kW

En la tarifa 3.0TD periodos no aplicamos margen para la viabilidad de la cooperativa en el término de potencia. Por tanto, el precio que aplicamos es el que está definido por ley y lo puedes consultar en el apartado de tarifas de nuestra web.

Facturación de la energía utilizada

Es el coste de la energía utilizada en cada periodo. Se multiplican los kWh utilizados durante cada uno de los periodos por el precio del kWh de cada periodo.

El precio de la energía activa (€/kWh) es diferente en cada periodo. Puedes consultar los precios de Som Energia en el apartado de tarifas de nuestra web.

Facturación de la energía reactiva

La energía reactiva aparece en las instalaciones eléctricas cuando se utilizan aparatos que necesitan crear campos magnéticos y eléctricos para su funcionamiento. Esta energía es molesta para la distribución, y por esta razón se crearon recargos por los excesos de esa energía volcados en la red. En este término, Som Energia no aplica ningún margen económico.

Otros conceptos de la factura

En la factura también verás reflejados otros conceptos a sumar para obtener el coste total:

  • Bono social: el coste que aporta cada contrato en la financiación del bono social. Sobre este concepto se aplica el impuesto de la electricidad y el IVA.
  • Impuesto de electricidad: es un impuesto regulado por el gobierno (a este impuesto se le aplica también el IVA). La ley recoge ciertas bonificaciones para ciertas actividades económicas. Lo explicamos en este enlace: Bonificación del impuesto eléctrico
  • Alquiler de contador: es un coste que pagas a la distribuidora a través de nuestra factura. Es un valor regulado por ley, independiente de la empresa comercializadora con la que tengas contratada la luz.
  • IVA, actualmente del 21% sobre casi todos los importes: la potencia contratada, penalizaciones de potencia, la electricidad utilizada, energía reactiva, el bono social, el alquiler del contador, el impuesto eléctrico, posibles cargos adicionales por modificaciones, altas u otros conceptos… En el caso de Canarias, se aplica el IGIC (Impuesto general indirecto canario).
  • Otros conceptos que pueden aparecer en la factura:
    • Derechos de acceso, extensión y enganche: solo en caso de que existan modificaciones contractuales, altas de suministro y modificaciones de la conexión. Son recargos regulados que cobra la distribuidora a través de nuestra factura.
    • Donativo voluntario en Som Energia:las personas y entidades que realizan el donativo voluntario (una aportación de un céntimo por cada kWh que utilizan, y que destinamos al desarrollo de la cooperativa) pueden ver reflejado el concepto en este apartado. El importe es el resultado de multiplicar un céntimo por el número de kWh utilizados.

La suma de todos estos conceptos (facturación por potencia contratada, excesos de potencia, facturación por electricidad utilizada, energía reactiva, bono social, impuestos y otros costes) hace el importe total de la factura.

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