El reparto de energía en autoproducción colectiva

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La modalidad de autoconsumo colectivo es aquella en la que varias viviendas, locales u otros puntos de suministro eléctrico se benefician de uno o más puntos de generación de electricidad renovable. Para distribuir la energía generada se aplica el método de reparto de energía que establecen el Real Decreto 244/2019 y la Orden TED/1247/2021.

La normativa prevé que, para acogerse a una modalidad de autoproducción colectiva, las personas participantes asociadas al punto o puntos de generación firmarán un acuerdo de reparto en el cual se determina qué porcentaje de energía generada toca a cada participante de la autoproducción colectiva.

Paralelamente a este acuerdo de reparto, es necesario generar un fichero de coeficientes, al que se traslade numéricamente este acuerdo (es decir, que determine qué proporción de energía le corresponderá a cada uno). 

El porcentaje de energía generada que corresponde a cada participante de la autoproducción colectiva se llama coeficiente de reparto. Estos coeficientes:

  • Toman un valor entre 0 y 1. (Es como si fuese un porcentaje, pero en lugar de ir de 0 a 100, va de 0 a 1.)
  • La suma de todos los coeficientes debe ser 1.
  • Pueden ser fijos si todas las horas del año tienen el mismo valor.
  • O pueden ser variables. En este caso deben definirse para cada una de las horas del año.

Así, si un punto de suministro asociado tiene, por ejemplo, un coeficiente de 0,3 en una hora determinada, significa que le corresponde el 30% del total de la energía generada en esa hora. Si durante esa hora concreta en esta vivienda o local no se utiliza el total de la energía asignada (en este ejemplo, el 30% de la generada), los kWh no utilizados computan como excedentes de esa vivienda o local concreto. En caso contrario, si la vivienda demanda más energía de la que tiene asignada, esta energía de más contabiliza como consumo habitual de red y se cobra de forma convencional en la factura eléctrica. 

Puedes encontrar más información tanto del acuerdo de reparto como del fichero de coeficientes en el artículo del Centro de Ayuda que explica qué debes hacer para pasar tu contrato a una modalidad con autoproducción.

Método de reparto 

1. La energía generada por los paneles solares se contabiliza en el contador de generación durante el periodo de una hora. Esta es la energía horaria neta generada. Esta energía varía cada hora en función de la climatología, el momento del día y la época del año.  

2. A esta energía generada se le aplica el coeficiente de reparto de cada participante de la autoproducción colectiva. Es decir, en función del reparto acordado, se calcula qué parte de energía generada le corresponde a cada uno en el periodo de una hora. Esta es la energía horaria neta generada individualizada.

3. Cada participante utiliza, de su energía horaria limpia generada individualizada, la que necesite o pueda aprovechar; esta energía generada aprovechada en el tramo de una hora se llama energía horaria autoconsumida individualizada. Computa como energía utilizada directamente de las placas solares y, por tanto, es una energía que no es necesario comprar en la red. 

4. La energía generada que le corresponda a cada participante en cada tramo horario, y que no utilice en ese momento, se computa como excedente. Esta energía se denomina energía horaria excedentaria individualizada, y es la que se puede compensar si el contrato está acogido a una modalidad que contemple esta opción. 

5. Así pues, la energía generada que le corresponde a cada participante (energía horaria neta generada individualizada) se reparte entre la energía que se utiliza (energía horaria autoconsumida individualizada) y la energía que no se utiliza (energía horaria excedentaria individualizada). 

Ejemplo

Imaginemos una instalación de autoproducción colectiva que consta de tres viviendas y un local. Los coeficientes de reparto —que consideraremos fijos para simplificar el ejemplo— son los siguientes:

Puntos de suministro asociados Coeficiente de reparto
Vivienda 1 0,2
Vivienda 2 0,2
Vivienda 3 0,2
Local 0,4

Entre las 11 h y las 12 h de un día determinado la instalación genera 5 kWh. A la vivienda 1, pues, le toca 1 kWh, ya que es el resultado de multiplicar el coeficiente (0,2) por la energía generada (5 kWh). Dicho de otro modo, a la primera vivienda le corresponde el 20% de 5 kWh, que es 1 kWh. El reparto de energía durante esa hora es el siguiente:

Punto de generación autoproductora Energía generada entre las 11 y las 12 h
Instalación fotovoltaica 5 kWh
Puntos de suministro asociados Coeficiente de reparto x la energía generada Reparto de energía de 11 a 12 h
Vivienda 1 0,2 x 5 kWh 1 kWh
Vivienda 2 0,2 x 5 kWh 1 kWh
Vivienda 3 0,2 x 5 kWh 1 kWh
Local 0,4 x 5 kWh 2 kWh

Veamos ahora cómo se reparte la energía entre los diferentes puntos de suministro durante esa hora, teniendo en cuenta también su uso de energía de la red:

Puntos de suministro asociados Reparto de energía generada entre las 11 h y 12 h. (energía horaria neta generada individualizada)
Energía utilizada entre las 11 h y 12 h.
Energía generada utilizada (energía horaria autoconsumida individualizada)
Energía utilizada de la red (por lo tanto, a facturar)
Energía excedentaria (energía horaria excedentaria individualizada)
Vivienda 1 1 kWh 1,5 kWh 1 kWh 1,5 - 1 kWh  = 0,5 kWh 1 - 1 kWh =
0 kWh
Vivienda 2 1 kWh 0 kWh 0 kWh 0 kWh 1 - 0 kWh =
1 kWh

Vivienda 3

1 kWh 0,75 kWh 0,75 kWh 0,75 - 0,75 kWh = 0 kWh 1 - 0,75 kWh = 0,25 kWh
Local 2 kWh 5 kWh 2 kWh 5 - 2 kWh =
3 kWh
2 - 2 kWh =
0 kWh

La compensación simplificada en la autoproducción colectiva

Algunas modalidades de autoproducción colectiva se pueden acoger a la compensación simplificada de excedentes, son las siguientes:

  • Autoconsumo colectivo en red interior sin excedentes (la compensación se realiza entre las personas titulares asociadas a la instalación de generación)
  • Autoconsumo colectivo en red interior con excedentes.
  • Autoconsumo colectivo a través de red de baja tensión en la que todos los puntos de generación están conectados a través de red de baja tensión a uno de los puntos de uso de la energía.

La compensación simplificada en autoproducción colectiva funciona de la siguiente forma:

La energía horaria excedentaria individualizada se transforma en un valor económico según el precio kWh establecido por la comercializadora. Este valor económico se descuenta directamente del valor económico del término de energía utilizada en la factura eléctrica. Como mucho, el resultado puede ser de cero euros, pero en ningún caso puede ser negativo o acumulable para próximos meses. Cabe recordar que la parte fija de potencia contratada y los impuestos asociados a estos conceptos se deben pagar igualmente.

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