¿Cómo gestionamos los contratos de pobreza energética en Som Energia?
¡ATENCIÓN!
Si consideras que te encuentras en una situación de pobreza energética ( aquí detallamos de qué se trata), te recomendamos que contactes con los servicios sociales de tu zona. Las administraciones públicas (locales y autonómicas) deben informarte de si puedes acogerte a las ayudas vigentes y cuáles son los pasos que debes seguir para poder beneficiarte de ellas.
También puedes consultar este otro artículo del Centro de Asistencia con recursos de interés para situaciones de vulnerabilidad energética.
En Som Energia articulamos un plan de acción con diversas estrategias para cuidar a las personas socias en situación de vulnerabilidad, luchar contra las causas estructurales y ampliar nuestra capacidad de incidencia. Somos sensibles a esta realidad y disponemos de un protocolo cuidadoso y preciso para los casos en que una factura no pueda pagarse por este motivo.
Con este mismo propósito, en la Asamblea General de 2022 se aprobó una moción para estudiar la posibilidad de introducir una tarifa social. Actualmente, estamos trabajando para poder aplicar un descuento social en las facturas de los contratos que se encuentren en situación de vulnerabilidad.
En Som Energia, tal y como establece el Real decreto 897/2017, si dispones de un informe que acredite esta situación, no te cortaremos el suministro eléctrico. Aun así, este hecho no te exime de la posible deuda.
En materia jurídica, la cooperativa cumple con lo que hace referencia al mismo Real Decreto, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
El citado Real Decreto coexiste, en algunos casos, con leyes autonómicas que también regulan aspectos de la pobreza energética y que varían ligeramente de una comunidad a otra. Así pues, en la gestión de este tipo de contratos tenemos en cuenta tanto la legislación estatal como la propia de cada una de las comunidades autonómicas, según esté situado el punto de suministro en cuestión.
Si el tu contrato se encuentra en Cataluña, se aplicará la normativa autonómica vigente, en concreto la Ley catalana 24/2015, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética, que establece la protección de las personas y unidades familiares en situación de riesgo de exclusión residencial frente a los cortes de suministros que puedan acordar las compañías suministradoras de agua potable, de electricidad y de gas por falta de pago.