Diferencia entre el precio de compensación de los excedentes de autoproducción y el precio de compra
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Si revisas las tarifas de electricidad, puedes observar que el precio de compensación de los excedentes de autoproducción siempre es inferior al precio de compra de la energía, sea cual sea el periodo en el que hagas la comparación.
Para entender esta diferencia debes tener en cuenta que el precio al que ofrecemos la energía en las tarifas de la cooperativa es, básicamente, la suma de los siguientes conceptos:
- Precio de la energía.
- Costes regulados que es determinan por ley, incluyen:
- Peajes de acceso definidos por la CNMC.
- Red de transporte y distribución.
- Cargos definidos por el ministerio correspondiente.
- Prima en las renovables, cogeneración y residuos (RECORE).
- Déficit del sistema eléctrico.
- Retribución de los sistemas no peninsulares.
- Taxones CNMC.
- Plan general de residuos radioactivos.
- Peajes de acceso definidos por la CNMC.
- Costes del sistema:
- Pagos por capacidad.
- Sobrecostes por la gestión de la red.
- Pérdidas de la red.
- Margen de comercialización.
A estos conceptos, se les suman los impuestos correspondientes.
Así, el precio de compensación de los excedentes es inferior al precio de las tarifas de la cooperativa, puesto que corresponde al precio de la energía que establecemos de referencia, como precio de coste. Este precio lo definimos cada vez que cambiamos las tarifas y es único para todos los periodos y tarifas.
En cierto modo, puedes pensar que cuando inyectas energía en la red pasas a tener la condición de “persona productora” y obtienes por la energía inyectada un precio similar al que obtendrías en el caso de vender esa energía en el mercado.
También es importante tener presente que la compensación de excedentes no es un balance de kWh entre la energía utilizada y la energía inyectada en la red, sino que se trata de un balance económico de la energía. Lo explicamos con detalle en este artículo: ¿Cómo funciona la compensación simplificada de excedentes?