Cambiar la titularidad del contrato

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Si necesitas cambiar la titularidad de un contrato que ya está activo con la cooperativa, debes rellenar el formulario de cambio de titularidad de la Oficina Virtual de la cooperativa.

El formulario lo puede llenar tanto la nueva persona titular, como la antigua.

Antes de completarlo, te recomendamos que tengas en cuenta la información que se detalla a continuación.

¿Cuándo se requiere un cambio de titular?

  • Si eres la persona titular de un contrato con Som Energia y te vas del punto de suministro.
  • Si has entrado a vivir en un punto de suministro que tiene la luz contratada con Som Energia.
  • Si se trata de una defunción de la persona titular de un contrato activo con Som Energia.
  • O bien en el caso de una fusión entre empresas, y el contrato pasa a la nueva compañía.

Si el contrato del punto de suministro  todavía no está con la cooperativa y lo que quieres hacer es ponerlo a tu nombre y al mismo tiempo contratar la luz con nosotros, debes rellenar el formulario de contratación de la luz.

¿Qué información necesitas para llevar a cabo el cambio de titularidad?

  • Los datos de identificación del contrato con Som Energia (N.º contrato, CUPS…) que aparecen a la factura.
  • Los datos completos de la nueva persona titular.
  • Si el contrato queda vinculado a una persona o entidad socia distinta de la persona titular, el número de socio o socia de Som Energia y el NIF.

Información genérica

El cambio de titular es gratuito (€ 0), excepto cuando la empresa distribuidora requiera una acción de campo. Estas acciones de campo no son muy comunes y generalmente solo las realizan pequeñas empresas de distribución para verificar que la instalación esté en buenas condiciones. Tienen un coste legal regulado de 10,94 euros (IVA incluido), que será cobrado por la distribuidora a través de nuestra factura.

Una vez llenada este formulario recibirás un correo de confirmación. Si todo es correcto, desde este momento el cambio de titular puede tardar un máximo de cinco días hábiles.

¿Si haces un cambio de titularidad, se te mantienen los Sols en un contrato con autoconsumo con compensación de excedentes y Flux Solar?

De forma general, si se produce un cambio de titularidad en un punto de suministro con autoconsumo en la modalidad de compensación de excedentes, los Sols acumulados en el Flux Solar no se mantienen, es decir, se pierden.

Únicamente en los casos en que el cambio de titularidad se produce por fallecimiento de la persona titular o por una fusión de empresas, los Sols acumulados se mantienen. En estos casos, también se traspasa a la nueva titularidad el depósito de garantía aportado a la distribuidora en el momento de realizar el alta de suministro, así como las posibles deudas, si las hubiera.

Si te encuentras en alguno de estos casos, deberás indicarlo de forma expresa en el formulario de cambio de titularidad.


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